33 °C Resistencia
Viernes 31 de Enero, 2025
 
 
Para ver esta nota en internet ingrese a: https://www.diariotag.com/a/176219
Prestaciones

Anses recuerda a jubilados y pensionados la posibilidad de designar un apoderado para gestiones

Quién puede ser apoderado y cómo realizar el trámite. Los detalles en esta nota. 

Administración Nacional de la Seguridad Social (sede Resistencia, Chaco)

El organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, ANSES, informó que jubilados y pensionados pueden designar a un apoderado para tramitar o percibir su prestación en su nombre, brindando una alternativa para aquellos que necesiten delegar la gestión de sus haberes.

Para poder realizar esta designación, es necesario que los datos del titular y de su grupo familiar estén registrados y actualizados en la plataforma mi ANSES. Posteriormente, se deberá solicitar un turno y presentar el DNI junto con la documentación correspondiente en la oficina más cercana al domicilio.

El apoderado puede ser un familiar cercano, como cónyuge, conviviente previsional, padres, abuelos, hijos, nietos, bisnietos, tíos, primos, hermanos, sobrinos, yernos, nueras, madrastras, padrastros, suegros, hijastros o cuñados. Además, también se contempla la posibilidad de designar un representante especial por un tiempo determinado para personas con dificultades de movilidad.

En cuanto al cobro de la jubilación o pensión, los titulares pueden elegir como apoderado a diversas entidades, como bancos o instituciones habilitadas. Estas incluyen tanto entidades públicas (nacionales, provinciales y municipales) como mutuales, organizaciones de asistencia social, abogados y procuradores.

Por otro lado, para los residentes en el exterior, ANSES establece que el poder puede otorgarse a bancos habilitados que ofrezcan la opción de giro al exterior. Las entidades disponibles para este trámite son: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Patagonia S.A., Credicoop Cooperativo Ltdo., Banco Piano S.A. y Banco Comafi S.A.

Hacé clic y dejá tu comentario