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Viernes 31 de Enero, 2025
 
 
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Estado provincial

El STJ declaró la inconstitucionalidad de la ley que estableció pases a planta en la gestión anterior

La ley cuestionada por el ejecutivo actual fue la 3946-A que aseguraron "efectivizo el ingreso a planta permanente de empleados públicos e impidió la contratación de nuevo personal".

Casa de Gobierno

El pasado mes de abril, el fiscal de Estado, Roberto Alejandro Herlein, presentó una acción de inconstitucionalidad parcial ante el Superior Tribunal de Justicia, contra artículos que legislan los pases a planta en la provincia, precisamente de las Leyes 3946-A y 3947-A.

Este viernes, el STJ resolvió hacer lugar a la acción presentada y declarar la inconstitucionalidad de los artículos 1°,2° y 3° de la Ley 3946-A.

En la presentación judicial de Herlein se resaltó que los decretos y leyes relacionados con los concursos para el ingreso a la planta permanente del Estado Provincial parecían estar en línea con la normativa constitucional, al establecer las pautas para llevar a cabo los concursos. Sin embargo, tras ser evaluados a la luz de informes técnicos y eventos posteriores, se detectaron "graves irregularidades". Se demostró que, en la aplicación concreta, estos actos contradecían cláusulas constitucionales, desvirtuando el concurso.

El STJ resolvió declarar la inconstitucionalidad de los artículos entendiendo que "el Poder Ejecutivo se ha excedido en sus facultades reglamentarias", ya que "ningún poder del Estado puede arrogarse mayores facultades que aquellas que la Constitución le ha conferido".

En el fallo se detalla que el Tribunal Examinador detectó a 10.370 personas, de las cuales 5.995 fueron admitidas sin los requisitos mínimos de conformidad a la reglamentación como ser certificado de antecedentes penales, declaración jurada y experiencia laboral. Precisa además que de las 4.375 que cumplieron con los requisitos mínimos, 278 personas no cumplieron con el nivel académico y/o acreditación con la documentación correspondiente.

En consecuencia, el porcentaje de personas admitidas que cumplen con los requisitos establecidos al efecto y al momento del cierre de la inscripción representa tan solo el 39.51% del total que fue admitido por el Tribunal Examinador .

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