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Viernes 31 de Enero, 2025
 
 
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Un banco no podrá cobrar a un cliente las cuotas de un préstamo obtenido por una estafa

A pesar de un primer fallo desfavorable, la cámara de apelaciones le dio el visto bueno a los reclamos de un cliente de una firma internacional debido a que el banco debe garantizar la seguridad de las transacciones y no hacer recargo de los efectos de una estafa a un cliente.

Imagen ilustrativa.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial falló a favor de un cliente del banco HSBC, quien fue víctima de un fraude en diciembre de 2023. El estafador, que se hizo pasar por un empleado del banco, engañó al cliente para obtener sus datos bancarios y contratar un préstamo de más de $1.7 millones.

A partir de esto, se inició todo el despliegue judicial, el cliente denunció el hecho y solicitó que se suspendieran los pagos del crédito, aunque inicialmente su solicitud fue rechazada por un juzgado. Sin embargo, la apelación fue aceptada, considerando que el banco debe garantizar la seguridad de las transacciones y no recargar los efectos de la estafa sobre el cliente.

Según la investigación, "la víctima recibió un llamado de un hombre que dijo ser empleado del banco y que lo contactaba para advertirle sobre una presunta compra que intentaban hacer con su tarjeta de crédito".

Una vez que se contactaron con el damnificado, los delincuentes le solicitaron al hombre los datos de ingreso a su home banking bajo el pretexto de verificar los datos de la cuenta. "Como la víctima no veía los movimientos, el estafador le dijo que era porque le habían hackeado la cuenta y que debía descargar una aplicación para que lo ayudaran de manera remota. Así, el ciberdelincuente accedió a la cuenta de la víctima, sustrajo dinero y contrató un préstamo preaprobado por más de $1.7 millones", detalla el escrito del Ministerio Público Fiscal.

La fiscal concluyó que "a la hora de analizar la procedencia de este tipo de cautelares, debe ponderarse que la contratación electrónica, con todos sus beneficios, conlleva riesgos que, en principio, deben recaer sobre el banco, que es el encargado de garantizar a los usuarios la seguridad de sus transacciones, de modo que no pesen las consecuencias sobre la parte más débil de la relación contractual". 

Por último, los camaristas coincidieron con los argumentos del fiscal e hicieron lugar al pedido del damnificado. 

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