Sigue el conflicto por el precio del boleto: revocaron la medida cautelar de la Defensoría del Pueblo
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Chaco resolvió revocar la medida cautelar que suspendía el aumento tarifario del transporte público, ordenando además el apartamiento del juez civil 21 que había intervenido en el caso.
En un fallo emitido en el marco de la causa "Defensor del Pueblo de la Provincia del Chaco c/ Poder Ejecutivo de la Provincia del Chaco y/o Secretaría de Transporte s/ Medida Cautelar", el tribunal decidió rechazar la medida cautelar solicitada por la Defensoría del Pueblo, que había retrotraído el precio del pasaje a $ 710 y suspendido cualquier nuevo aumento hasta la realización de una audiencia pública.
Además, la Cámara dispuso el apartamiento del magistrado civil 21 por la configuración de la causal prevista en el artículo 32, inciso 7, del Código Procesal Civil y Comercial, ordenando que la causa sea remitida a la Mesa Receptora de Expedientes del Fuero Civil y Comercial para un nuevo sorteo.
FUNDAMENTOS DEL FALLO:
La Cámara señaló que el juez omitió analizar en detalle las pruebas presentadas, vulnerando el derecho de defensa del Poder Ejecutivo y de la Secretaría de Transporte. También cuestionó una afirmación del magistrado sobre la existencia de una "cultura organizacional" en su juzgado para otorgar medidas cautelares en casos de impacto social, argumentando que esto no puede sustituir el análisis específico de cada expediente ni la fundamentación legal de las decisiones.
Por otro lado, la Cámara diferirá la imposición de costas y la regulación de honorarios hasta que se resuelvan los aspectos de fondo en la acción principal de amparo.
CONTEXTO:
En octubre, el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 había ordenado suspender la actualización tarifaria del transporte público que llevaba el boleto a $ 1150, retrotrayéndolo a $ 710.La medida cautelar, presentada por la Defensoría del Pueblo, exigía la realización de una audiencia pública antes de implementar cualquier suba tarifaria. Sin embargo, este fallo fue revertido por la Cámara, que encontró falencias en el tratamiento de las pruebas y en los fundamentos del juez.
La resolución abre un nuevo capítulo en la disputa por el aumento del transporte público, dejando en manos de otro magistrado la continuidad del proceso judicial, ya que, según lo expresado en el documento: "No corresponde a la Justicia fijar una tarifa o señalar cuál sería la manera más práctica o razonable de estructurar un cuadro tarifario".