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Domingo 2 de Marzo, 2025
 
 
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La Justicia falló a favor del Gobierno y habilitó la venta de medicamentos sin receta

Fracasó la medida cautelar que habían pedido la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica (FEFARA) para frenar varios artículos del DNU 70/2023 referidos a la desregulación del sector. 

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 3, a cargo del juez Santiago Carrillo, desestimó el pedido de medida cautelar presentado por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica (FEFARA) contra el decreto 1024/2024, emitido por el Gobierno. Este decreto habilita la comercialización de medicamentos de venta libre en góndolas.

El magistrado resolvió que la nueva normativa no viola derechos existentes ni genera un riesgo sanitario comprobado. Además, destacó que el decreto no es obligatorio para las provincias, preservando así la autonomía de cada jurisdicción.

Las organizaciones que representan a los farmacéuticos habían argumentado que esta desregulación afecta derechos fundamentales relacionados con el ejercicio de la profesión y la salud pública. Señalaron que la dispensación responsable de medicamentos debería realizarse exclusivamente en establecimientos farmacéuticos, bajo la supervisión de personal capacitado.

Entre otros puntos, también criticaron la posibilidad de que los medicamentos sean distribuidos directamente desde droguerías y comercios y la flexibilización laboral de los directores técnicos de las farmacias.

El decreto 1024/2024, publicado esta semana en el Boletín Oficial, establece que los medicamentos de venta libre podrán ser exhibidos en góndolas dentro de las farmacias, permitiendo que los clientes los adquieran sin necesidad de solicitar asistencia especializada.

Los locales deberán garantizar que las góndolas incluyan información sobre cada medicamento, como su laboratorio de origen y los precios disponibles. Además, para realizar la compra, será obligatorio presentar un DNI que acredite la mayoría de edad (18 años o más).

Por su parte, en los comercios no habilitados como farmacias, la comercialización estará restringida exclusivamente a antiácidos y analgésicos.

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