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Viernes 31 de Enero, 2025
 
 
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Un fallo judicial declaró inconstitucional la ley de movilidad jubilatoria de Alberto Fernández

La Cámara Federal de Mendoza declaró inconstitucional la ley de movilidad jubilatoria impulsada en 2020 por el gobierno de Alberto Fernández, calificándola como un "fracaso" por su impacto negativo en el poder adquisitivo de los jubilados. Según el fallo, la fórmula aplicada desde 2021 no logró proteger los haberes frente a la inflación, lo cual llevó a significativas pérdidas en el valor de las jubilaciones.

La sentencia de segunda instancia en la causa "Cortés, Leonardo Evaristo c/Anses s/ reajustes varios" ordena, tras declarar inconstitucional la ley de movilidad, recalcular la jubilación del demandante. Para el nuevo cálculo, se usará la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) reportada por el Indec para cada período, que es el método aplicado desde abril de este año según el DNU 274.

Esta resolución de los jueces de Mendoza, que podría llegar a la Corte Suprema si la Anses apela, también critica que se mantuvieran los efectos del ajuste de 2020, cuando no hubo fórmula fija y los aumentos quedaron debajo de la inflación. En consecuencia, el fallo ordena un aumento considerable en la jubilación de la persona demandante.

Entre enero de 2020 y diciembre de 2023, los haberes jubilatorios perdieron entre un 32% y un 45% de poder adquisitivo debido a que la inflación fue del 1146,7%, mientras que las subas de jubilación estuvieron entre el 590% y el 742,8%, dependiendo de cada caso.

El fallo, firmado por los jueces Juan Ignacio Pérez Curci, Manuel Alberto Pizarro y Gustavo Enrique Castiñeira de Dios, fue emitido el 4 de noviembre. En los últimos días, la misma cámara también emitió sentencias similares en otros casos.

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