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Sábado 1 de Febrero, 2025
 
 
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Internación involuntaria: el juez Lubary declaró "abstracto" un planteo y evitó analizar su legalidad

El juez de Niñez, Adolescencia y Familia Nº 4, Juan Pablo Lubary, emitió una resolución mencionando que las posibles irregularidades en tienen que ser investigadas por la Fiscalía Nº 3.

La Justicia declaró como "abstracta" a la cuestión planteada sobre la internación involuntaria de la abogada G. K. C. en el área de Salud Mental del Hospital Perrando, evitando pronunciarse sobre la legalidad o no de dicho procedimiento.

La letrada trabaja como escribiente en la Mesa Informatizada de la Defensoría Oficial, donde había denunciado maltrato laboral y luego accedió a licencias médicas por estrés y afecciones de salud mental. Tras una actuación administrativa de la defensora oficial Alicia Alcalá, dieron intervención a Salud Mental para su evaluación.

Todo siguió el pasado 7 de octubre, tras un fuerte operativo sorpresa en su domicilio que involucró a agentes del COE, Infantería y de la Comisaría 11°. Los agentes, junto con personal médico, ingresaron a su vivienda, la inmovilizó y la trasladó a una ambulancia tras administrarle medicación.

La causa quedó a cargo de la jueza de Niñez, Adolescencia y Familia Nº 4 de Resistencia, Vilma Almirón, que fue recusada por los abogados de G. K. C.. Ante esto, el 15 de octubre asumió el juez Juan Pablo Lubary.

Finalmente, el juez Lubary resolvió que la cuestión vinculada planteada por los abogados de Casa sobre la internación involuntaria es "abstracta".

La resolución indica que el juez es "competente para entender solo respecto de la salud de la Sra. G. K. C., no en aspectos anteriores a su internación" ni de la "forma en que se llevó adelante el procedimiento".

El juez Lubary menciona que dicha cuestión "es competencia y materia de investigación por parte de la Fiscalía N° 3".

Ante esto, el magistrado hace hincapié que el 17 de octubre la abogada recibió el alta y la continuidad del tratamiento ambulatorio con los profesionales intervinientes, familiares y allegados en el área de salud mental, por lo que considera que la cuestión de la internación es "abstracta".

Lubary basa su decisión también en que, encontrándose externada y "no existiendo necesidad de proteger a persona alguna contra privación arbitraria de la libertad a los fines de tratamientos médicos", no se dan los "extremos legales" para que amerite la intervención judicial.

QUÉ PODRIA PASAR CON LA CAUSA 

Tras esto, la abogada puede pedir una acción reparatoria económica a su favor por los daños causados durante el operativo, como también recurrir a la intromisión en su vivienda que, en caso de que no exista una orden judicial, se trataría de un delito.

Además, la defensa de G. K. C. también podría pedir el incumplimiento de los deberes como funcionario público por parte de la defensora oficial Alcalá.

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