Le otorgaron la prisión domiciliaria a Horacio Rey a solo cuatro meses de su detención
El exfuncionario de Domingo Peppo fue condenado a 5 años y 6 meses de prisión por la Causa Fappo, su prisión domiciliaria fue otorgada con la prohibición de salir de la ciudad, provincia o país y será vigilado por la Comisaría Segunda Metropolitana y el Servicio Social del Poder Judicial.
El exsecretario general de la Gobernación del Chaco, durante el período de Domingo Peppo, Horacio Rey, fue beneficiado con la prisión domiciliaria por un pedido de su defensa a tan sólo cuatro meses de haber sido detenido el pasado 13 de junio.
La decisión se tomó tras la presentación realizada el 8 de agosto de 2024 por la defensa de Rey, en la que se solicitó la prisión domiciliaria por el "impacto negativo" que el contexto de encierro genera en el acusado, tanto en su salud física y psicológica, como en su entorno familiar.
La defensa, a cargo de María Romero Castelán, recordó que Rey había sido beneficiado previamente con la morigeración de la prisión preventiva en 2020. Sin embargo, luego de ser detenido nuevamente el exfuncionario "se encuentra en una situación crítica, con afecciones familiares que afectan principalmente a sus hijos, quienes deben valerse por sí mismos en ausencia del padre y ante las limitaciones de la madre, quien padece problemas de salud". Incluso señaló sobre el tratamiento psicológico que inició estando detenido.
El tribunal, integrado por las juezas Lorena Laura Andrea Padovan y Dolly Roxana de los Ángeles Fernández, evaluó no solo el contexto familiar, sino también los informes psicológicos y sociales que muestran un "deterioro en la salud mental de Rey debido a traumas vividos durante su encarcelamiento". Según informaron los médicos, el condenado sufre de ansiedad y síntomas derivados de experiencias traumáticas durante su detención previa.
Uno de los principales obstáculos para otorgar la prisión domiciliaria es la falta de tobilleras, sin embargo, en la División de Monitoreo Electrónico, se resolvieron medidas complementarias para asegurar el cumplimiento del beneficio.
Para tomar esta decisión, el tribunal consideró la normativa nacional e internacional en materia de derechos humanos: poniendo como ejes el interés superior del niño, la protección de la integridad familiar, y la dignidad humana.
Sin emargo, no fue unánime, la jueza Julieta Dansey votó en disidencia a sus pares al considerar que no se cumplían las condiciones necesarias para otorgarle el beneficio. Según, su criterio, este régimen es de carácter excepcional y debe ser otorgado únicamente cuando se acrediten circunstancias extraordinarias.
A pesar de estas consideraciones, la Cámara resolvió, por mayoría, conceder la prisión domiciliaria bajo estrictas medidas de control: Rey deberá cumplir su condena en su domicilio, bajo la supervisión permanente de Susana Fernández, quien fue designada como su custodia personal. Asimismo, la modalidad de cumplimiento será vigilada por la Comisaría Segunda Metropolitana y el Servicio Social del Poder Judicial, quienes realizarán controles periódicos y sorpresivos en su domicilio.
También se le impuso la prohibición de salir de la ciudad, provincia o país, y se requirió la intervención de la empresa Claro para monitorear posibles movimientos fuera de la jurisdicción.