El Gobierno firmó la reglamentación de la reforma laboral: algunos de sus puntos importantes
El texto será publicado durante la medianoche en el Boletín Oficial.
El Gobierno reglamentó la reforma laboral incluida en la Ley Bases y se publicará esta medianoche en el Boletín Oficial. Para el Ejecutivo será un paso fundamental para la "modernización histórica de las leyes laborales en la Argentina".
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, dio precisiones sobre el decreto que reglamenta los 17 artículos del capítulo laboral que tiene como objetivo bajar los índices de trabajo no registrado (cercanos al 50%) y ayudar a la generación de empleo genuino.
"El Presidente nos pidió una reforma laboral donde ganen los empresarios y los trabajadores", dijo Sturzenegger y mencionó el punto que da la posibilidad de que las dos partes de una relación laboral acuerden dentro de los convenios colectivos de trabajo un sistema indemnizatorio distinto al actual, de manera voluntaria. Según el ministro, "el Gobierno viene a darle libertad a las partes para que puedan encontrar esa mejora mutua".
ALGUNOS PUNTOS MÁS DESTACADOS
Uno de ellos es el Régimen simplificado de registración laboral, en el que se implementa un sistema simplificado con un aporte único para empresas con hasta 12 empleados. Además, se introduce un sistema de condonación de multas por trabajador no registrado.
Otro es la extensión del período de prueba de tres a seis meses, con la posibilidad de ampliarlo a ocho para pymes que empleen entre seis y cien trabajadores, y hasta un año para empresas con menos de cinco empleados.
También se encuentra el Fondo de cese laboral, en el que se crea un fondo alternativo a las indemnizaciones tradicionales por despido, que puede establecerse mediante convenios colectivos de trabajo y financiarse con aportes mensuales de los empleadores. Este aporte, que no puede superar el 8% del salario, será exclusivamente a cargo del empleador y se utilizará para constituir el fondo de cese laboral. La Secretaría de Trabajo será responsable de reglamentar el proceso administrativo.
En cuanto a los trabajadores independientes, se introduce la figura del trabajador "colaborador", reduciendo de cinco a tres el número de colaboradores que los trabajadores independientes pueden emplear sin que se considere una relación de dependencia.
También se encuentra un agravamiento indemnizatorio por despido discriminatorio. Se incrementa la indemnización en casos de despido por motivos discriminatorios, tales como raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, género, orientación sexual, posición económica, características físicas o discapacidad.
Otro de los puntos llamativos es el de las modificaciones en licencias por maternidad. Se prohíbe el trabajo para mujeres o personas gestantes durante los 45 días anteriores y posteriores al parto, permitiendo reducir la licencia previa al parto a un mínimo de 10 días y acumular el resto del tiempo al período postparto.