La Justicia confirmó el procesamiento sin prisión preventiva contra autoridades de la UNCAUS
La decisión fue de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia.
La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó el procesamiento sin prisión preventiva dictado por el juez federal subrogante, Aldo Mario Alurralde, en contra de autoridades de UNCAUS por los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública, abuso de autoridad y violación a los deberes de los funcionarios públicos, malversación de caudales públicos y asociación ilícita.
Cabe recordar que el fallo dictado por el Juzgado fue contra Marcelo Marinich, Natalia Judis, Manuel Ricardone, Cristian Vizgarra, Luis Pugacz, Germán Oestmann, Lucas Stegagnini, Jorge Alcantara, Juan Sang, Ricardo Salín, María Fernanda Del Giorgio, Carla Palacio, José Yarros, Juan Domínguez, Jonatan Gal, Dora Loto, Pedro Mijalec y Andrea Bondar.
La investigación del juez Alurralde apuntó a una presunta trama de corrupción en la Universidad Nacional del Chaco Austral (UNCAUS). Según la acusación, la universidad habría creado y utilizado diferentes fundaciones para firmar convenios y traspasarles la administración de áreas enteras sin la debida autorización del Consejo Superior, lo que dificultaba el control estatal sobre los fondos.
Finalmente, la Justicia resolvió "tener por desistidos los recursos interpuestos en favor de Luis Sebastián Pugacz y Manuel Ricardone, de conformidad a lo establecido en el art. 454, segundo párrafo del CPPN".
Por otro lado, la Cámara decidió "no hacer lugar a los recursos de apelación interpuestos en favor de Ricardo Salín, Cristian Vizgarra, Pedro Mijalec, Juan Domínguez, María Fernanda Del Giorgio, Carla Palacios, Marcelo Marinich, Natalia Judis, Juan Marcelo Sang, Germán Oestmann, Lucas Stegagnini, José Yarros y Jorge Alcántara y, consecuentemente, CONFIRMAR el auto de procesamiento sin prisión preventiva dispuesto a su respecto, en todo lo que fuera materia de impugnación".
Además, hicieron lugar "parcialmente al recurso de apelación interpuesto en favor de Sandra Bondar y Dora Gabriela Loto y, en consecuencia, CONFIRMAR el auto de procesamiento sin prisión preventiva impugnado, modificando la calificación legal atribuida a su conducta en orden a los delitos de Fraude en perjuicio a la Administración Pública (art. 174 inc. 5 del CP) y Asociación Ilícita (art. 210 CP), por las consideraciones efectuadas en el punto V. del presente decisorio".