Enviarán al Congreso un proyecto para juzgar en ausencia a los acusados de realizar el atentado
A pocos días de los 30 años del atentado contra la Asociación Mutual Israelita Argentina, desde el Ejecutivo preparan un proyecto que permita juzgar a los libaneses e iraníes que están en calidad de prófugos y fueron acusados como autores materiales e intelectuales del ataque.
El Gobierno de la Nación prepara un proyecto que permitirá enjuiciar en ausencia de los acusados en la causa por el atentado a la AMIA. Los libaneses e iraníes que habrían sido los autores tanto materiales como intelectuales del ataque se encuentran en calidad de prófugos.
El proyecto está siendo ultimado desde el Ministerio de Justicia y Seguridad y por el Secretario Legal y técnico de la presidencia previo a la entrega al presidente Javier Milei. El objetivo es que esté listo previo al 18 de julio, día en el que se conmemora los 85 fallecido por el ataque.
Es preciso destacar que para la Justicia nacional el ataque fue ejecutado por el Hezbollah del Líbano y ordenado desde Irán, pero a pesar de ello, por el momento ninguno de los responsables del hecho está condenado, según informa Clarín.
Lo que busca Milei no es algo nuevo, sino que anteriormente fue Mauricio Macri quien buscó lanzar un proyecto similar en donde se los juzgue a los acusados en su ausencia. Por su parte, la ministra de Seguridad Patricia Bullrich desde esa época viene impulsado la instauración de esta figura procesal.
Ahora bien, en cuanto al ministro de Seguridad, Mariano Cúneo Libarona, se abstendrá de participar del debate porque en los noventa como abogado particular defendió a uno de los policías acusados, entonces, en la causa.
Los defensores de este proyecto de ley que busca lograr el Gobierno explican que "no es inconstitucional" porque se trata de modificar normas de procedimiento del Código Procesal Penal y no las leyes.
Aun así, la discusión central gira en torno al artículo 18 de la Constitución en donde se establece que "ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa".
En cuanto a las objeciones a este instrumento jurídico, el proyecto subraya que la Corte Interamericana de Justicia (CIDH) ya estableció que son constitucionales al igual que el Estatuto de Roma que creó el primer tribunal para juzgar casos de delitos de lesa humanidad.
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