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Viernes 31 de Enero, 2025
 
 
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Los exjugadores de Vélez en la causa por abuso sexual: la Justicia rechazó el pedido de nulidad de las pruebas

El juez Sebastián Mardiza no hizo lugar a una solicitud presentada por los abogados defensores de los exjugadores del Fortín.

La investigación por abuso sexual contra los exjugadores de Vélez denunciados en Tucumán avanza, la Justicia rechazó este mediodía el pedido de nulidad que habían presentado las defensas sobre el secuestro de ropa de cama de la habitación del hotel donde habría ocurrido el hecho.

Se trata de las sábanas, cubrecolchón y cubrecamas que se usaron la madrugada del episodio denunciado en la habitación 407 del hotel Hilton Garden Inn de Tucumán y que tendrían restos biológicos de la víctima.

La solicitud presentada por los abogados de los futbolistas pretendía anular estos elementos como prueba porque, según señalaron, el procedimiento se dio "en franca desobediencia de lo ordenado por la jueza interviniente que rechazó dicho secuestro".

De esta manera, no solo plantearon que estos elementos fueron recabados en contra de la decisión de la magistrada, sino que fueron presentados por el gerente del lujoso hotel varios días después del hecho.

"Dicho secuestro se llevó a cabo a pesar de la orden de allanamiento autorizada que expresamente omitía el secuestro de ropa de cama, situación que había sido considerada por la señora jueza como una medida impertinente atento al tiempo transcurrido desde el día del hecho hasta el día en el que efectivamente se llevó adelante la medida. Que al ser el lugar un hotel, era razonable pensar que toda la ropa de cama ya había sido lavada y que podría haber sido utilizada en el recambio de otras habitaciones", argumentaron las defensas.

A su vez, indicaron que "se procedió en franca desobediencia de lo ordenado por la jueza interviniente que rechazó dicho secuestro, surgiendo de la audiencia que en dichos elementos se habrían encontrado restos biológicos al momento de llevarse a cabo la medida, por lo que fueron sometidos a pericias genéticas".

Además, resaltaron que "no corresponde tener por válida la evidencia recabada por el órgano acusador porque podría perjudicar a los acusados de forma ilegal".

Por su parte, el Ministerio Público Fiscal afirmó que "los elementos obtenidos se realizaron en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 182 del Código Procesal Penal de Tucumán, y una vez llevada a cabo la medida, a través de las operaciones con luz forense, se pudo determinar indicios de restos biológicos en diversos elementos".

No obstante, el juez Sebastián Mardiza resolvió este lunes no hacer lugar al pedido de las defensas y mantener las pruebas recolectadas durante ese peritaje. "No advierto el perjuicio concreto a los imputados como así tampoco la violación de la garantía en contra de los mismos, corresponde no hacer lugar al pedido de nulidad y consecuencia exclusión probatoria solicitada por las defensas técnicas", dijo el magistrado.

Asimismo, explicó: "Aunque la jueza interviniente había vedado el secuestro de ropa de cama, considero que los motivos entendibles que ha tenido en cuenta la magistrada para disponerlo fue evitar que el lugar a allanar y sus responsables sufrieran un perjuicio económico y molestias innecesarias con el secuestro de elementos de su propiedad, siendo el hotel ajeno al proceso".

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