Afip elevó los montos de movimientos que deben ser informados por los bancos y billeteras virtuales
Los bancos deberán informar acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales superiores a los 700.000 pesos.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó este viernes que se elevarán los montos mínimos a partir de los cuales, los bancos y las billeteras virtuales deban informar las transacciones. La última actualización se realizó el 23 de abril del año pasado.
La iniciativa tomada por la entidad de recaudación modifica la resolución 4298 que establece los montos obligatorios por los cuales las entidades financieras deban informar a AFIP las transacciones. A través de este cambio, los bancos deberán informar cuando el total acumulado de las acreditaciones y extracciones mensuales en las cajas de ahorro, cuentas corrientes, cuentas sueldo, especiales y de la seguridad social llegue a los $ 700.000, mientras que tiempo atrás era a partir de los 200 mil pesos.
Esto también influye a las billeteras virtuales, pero en este caso, los ingresos y egresos de dineros solo tienen que ser superiores a los 400 mil pesos, en cambio de los $ 120.000 que antes era necesarios antes.
"Para ambos regímenes de información se prevé una cláusula de actualización cada seis meses sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que publica el INDEC", informan desde AFIP.
Con este cambio los bancos deberán informar acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales superiores a los 700.000 pesos y los consumos de tarjeta de débito y adicionales a partir de los $ 400.000.