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Viernes 31 de Enero, 2025
 
 
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AFIP extendió hasta fines de abril los plazos para presentar las deducciones de Ganancias de 2023

A través de la resolución 5494, el organismo prorrogó hasta el 30 de abril la presentación del formulario.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que se extendió el plazo para que los trabajadores en relación de dependencia informen a sus empleadores las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias del 2023.La fecha límite se fijó para el martes 30 de abril.

La medida fue oficializada este martes mediante la resolución 5494 publicada en el Boletín Oficial. Los empleadores tendrán tiempo hasta el 31 de mayo para realizar la liquidación anual y la devolución del impuesto retenido en exceso se efectuará hasta el 10 de junio de 2024.

"La liquidación provisoria efectuada durante el año se vio modificada por diversos decretos del Poder Ejecutivo nacional que no tuvieron su reflejo en las pertinentes disposiciones legales", dicta la resolución.

Los trabajadores en relación de dependencia tendrán tiempo hasta el 30 de abril de 2024, para informar a sus empleadores las deducciones de Ganancias correspondientes al periodo 2023.

En tanto, los empleadores deberán realizar la liquidación anual antes del 31 de mayo y la devolución del impuesto retenido en exceso se debe efectuar previo al 10 de junio de 2024.

CÓMO INFORMAR LAS DEDUCCIONES DE GANANCIAS 2023

Los trabajadores registrados deben completar el formulario 572 del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG), a través de la página web de AFIP. Se debe contar con CUIT y clave fiscal. El paso a paso:

-El trabajador en relación de dependencia debe ingresar al sitio de la AFIP, con número de CUIL/CUIT y clave fiscal

-Tiene que entrar al servicio SIRADIG/Trabajador

-Se abrirá el formulario 572, donde el sistema mostrará los períodos fiscales disponibles

-Seleccionar 2023 en el menú desplegable

-Se abrirá un nuevo borrador para confeccionar la declaración jurada

-Si tiene cargas de familia (hijos menores de 18 años y/o cónyuge), debe confirmar los datos.

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