Servicio de transporte reducido en el Gran Resistencia: hoy los colectivos solo circulan hasta las 14
El jueves, en tanto, la suspensión de la circulación en el Área Metropolitana será total. Desde el Ejecutivo instaron a las empresas a prestar servicios con normalidad o podrían recibir sanciones.
La Cámara de Empresas del Transporte Automotor del Chaco (CETACH) informó ayer que, durante la tarde de este miércoles 21 de febrero, a partir de las 14:00 horas, se suspenderá el servicio de transporte público en el Área Metropolitana.
Esta información fue confirmada a Diario TAG por el titular de la CETACH, Gustavo Larrea, quien, además, informó que durante la jornada del jueves 22 de febrero la suspensión de servicio sería total . La medida abarca a todas las líneas del área metropolitana.
Esto se dio horas después de que la entidad anunciara, además, la reducción del número de colectivos destinados a las líneas urbanas. A través de un escrito, resaltaron que ante la "falta de sustentabilidad del Sistema Integrado de Transporte Automotor del Área Metropolitana (SITAM)".
Ante estas medidas, la Subsecretaría de Transporte de la Provincia instó este martes a las empresas que integran la CETACH a "cesar en su accionar", que implica la reducción "unilateral" de la prestación del servicio de transporte de pasajeros, que va desde un 75% hasta la paralización total de actividades. Desde el organismo estatal, afirman que, de continuar con la medida, los empresarios recibirán las sanciones previstas por Ley.
Desde Transporte aseguran que "las empresas, en forma unilateral, han decidido reducir a un 75% el servicio público de transporte a partir del 21 de febrero y suspender el servicio en forma total a partir del 22, sin plantear mecanismos de solución alternativo, desechando arbitrariamente la celebración de la audiencia pública fijada por Decreto Provincial Nº 32/2024 (26 y 28 de febrero), para definir nueva tarifa, donde se podrá discutir nuevos lineamientos en virtud del nuevo escenario nacional y provincial en relación con los subsidios".
Más adelante, la nota de la Subsecretaría plantea que "no se reconoce legitimidad a la pretensión del concesionario, el cual intenta justificar su incumplimiento, argumentando responsabilidad del Estado", ya que las "Empresas concesionarias del servicio público de transporte deben prestar el mismo por cuenta propia y a su propio riesgo, bajo el control del concedente, así lo establece textualmente el art. 20 de la Ley".
Luego de una serie de consideraciones, para finalizar, la Subsecretaría de Transporte señala en su nota: "Se insta a las empresas de servicios público de transporte de pasajeros a cesar en su accionar, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes, conforme art. 37, inc. B) - Decreto Reglamentario Nº 41/55 de la Ley 8T y art. 20 – Ley Nº 8T".