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Lunes 10 de Marzo, 2025
 
 
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Ya entró en vigencia el DNU de Javier Milei: cuáles son los cambios que comienzan a regir

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, presentado por Javier Milei, entró en vigencia desde las 00:00 este 29 de diciembre de 2023. El documento apunta a la desregulación de la economía a partir de la modificación y derogación de cientos de leyes, y regirá hasta el 31 de diciembre de 2025.

El decreto, titulado "Bases para la reconstrucción de la Economía argentina" fue presentado en cadena nacional el pasado 20 de diciembre y publicado en el Boletín Oficial horas más tarde. Finalmente, por ley, entró en vigencia a los 8 días, es decir, desde hoy.

El DNU, que abarca reformas en áreas como la economía, finanzas, fiscalidad, administración, seguridad social y salud, ahora deberá ser tratado por la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo del Congreso para emitir un dictamen sobre el fondo y la forma del decreto, y luego será analizado por ambas cámaras.

Previendo trabas, el Poder Ejecutivo incluyó el mega decreto en la Ley Ómnibus que envió esta semana al Congreso.

Algunos de los cambios significativos incluyen la derogación de leyes como la de Alquileres, Tierras y Abastecimiento, la flexibilización del mercado laboral, y la posibilidad de privatización de empresas públicas. Además, se prevé la transformación de empresas del Estado en sociedades anónimas y la eliminación de prerrogativas para empresas en las que el Estado sea accionista.

REFORMA LABORAL

El DNU también afecta al ámbito laboral, modificando leyes relacionadas con indemnizaciones, período de prueba, y permitiendo acuerdos entre empresarios y sindicatos sobre sistemas indemnizatorios distintos. Se restringe el derecho a huelga en servicios esenciales y se limitan los controles aduaneros en el comercio exterior.

El periodo de prueba se extendió de tres meses a ocho meses. "Cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso sin expresión de causa, sin derecho a indemnización con motivo de la extinción, pero con obligación de preavisar", dice el artículo 71 del DNU.

Otra de las claves de los cambios laborales del Gobierno es la habitación a que empresarios y sindicalistas acuerden en la negociación colectiva un sistema indemnizatorio distinto, basado en el Fondo de Cese Laboral de la UOCRA.

En otro punto, el Gobierno restringe el derecho a huelga en una serie de actividades que son consideradas "servicios esenciales", que "en ningún caso podrán negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare".

COMERCIO EXTERIOR

Se decretó que "el Poder Ejecutivo Nacional no podrá establecer prohibiciones ni restricciones a las exportaciones o importaciones por motivos económicos. Solo se podrán realizar por Ley".

En el sector agrario, se deroga la Ley de Tierras, eliminando restricciones a la venta de tierras a extranjeros. Con la derogación, ya no hay límite y las negociaciones quedan libradas a la voluntad de compradores y vendedores.

Además, se derogaron leyes relacionadas con la actividad minera, vitivinícola, algodonera y de promoción industrial.

ENERGÍA

En materia energética, se derogó el decreto que establecía los plazos máximos de duración para los contratos de abastecimiento exclusivo de combustibles que se celebran entre compañías petroleras y/o proveedoras de combustibles, y quienes explotan estaciones de servicio

Además, se facultó a la Secretaría de Energía para redeterminar subsidios en electricidad y gas. Y se desreguló la política aeronáutica y se promueve la competencia en el transporte aéreo.

ALQUILERES

El DNU contempla la derogación de la Ley de Alquileres. Ahora, los acuerdos habitacionales a largo plazo volverían a regirse por el Código Civil y Comercial de 2015: duración de dos años y actualizaciones semestrales previamente pactadas entre el inquilino y el propietario.

Los alquileres podrán establecerse en moneda de curso legal o en moneda extranjera, al libre arbitrio de las partes. El locatario no podrá exigir que se le acepte el pago en una moneda diferente a la establecida en el contrato.

REGISTROS DEL AUTOMOTOR

El artículo 361 del DNU sustituye el artículo 22 del Decreto-Ley Nº 6582/58, ratificado por la Ley N° 14.467 (t.o. 1997). 

Según establece el decreto, los trámites de inscripción y transferencia de un vehículo podrán hacerse de manera digital y simplificada, con el objetivo de agilizar todo el proceso, directamente ante la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor (DNRPA).

Otro cambio importante es que para circular sólo será necesario exhibir la licencia, la cédula verde y el comprobante de pago de la patente (hoy se exigen además en un control callejero la VTV al día y el seguro, obligatorios según la Ley Nacional de Tránsito). Y no podrán ser retenidos "si no mediare denuncia de hurto o robo del automotor u orden de autoridad judicial".

MÁS CAMBIOS 

A su vez, el DNU modifica normativas que repercuten directamente en la vida cotidiana de los argentinos. Infobae ilustró esto cambios de la siguiente manera:

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