Según la Ley Ómnibus habrá que "pedir permiso" para reunirse en espacios públicos con tres o más personas
El proyecto de Ley Ómnibus enviado por el Presidente Javier Milei al Congreso establece que los ciudadanos deberán pedirle permiso al Ministerio de Seguridad para realizar reuniones sociales o manifestaciones en espacios públicos que involucren a tres o más personas.
En el marco de las reformas propuestas, se contempla una disposición significativa en el capítulo dedicado a la Seguridad Interior. Esta medida establece que, en situaciones en las que tres o más personas deseen reunirse en un espacio público, será necesario solicitar un permiso con una antelación de 48 horas.
Además, la modificación confiere al Ministerio de Seguridad de la Nación la autoridad para rechazar las reuniones en espacios públicos y, en algunos casos, proponer alteraciones en cuanto a horarios y lugares de encuentro.
Esta iniciativa se alinea con la primera sección del capítulo de Seguridad Interior, donde el Gobierno busca regular la organización de manifestaciones, imponiendo sanciones severas tanto a los organizadores como a aquellos que obstaculicen el funcionamiento normal de los transportes.
En este contexto, desde el Ejecutivo definen las reuniones o manifestaciones como "congregación intencional y temporal de tres o más personas en un espacio público", destacando el propósito de ejercer el derecho a la protesta.
La introducción de este requisito particular para las reuniones sociales o manifestaciones en el espacio público se produce después de diversas movilizaciones en el microcentro porteño y en distintos puntos del país, y con la implementación del protocolo antipiquetes.
CÓMO HABRÁ QUE PEDIR PERMISO PARA REUNIRSE EN ESPACIOS PÚBLICOS
De ser aprobada la ley y en caso de que no sufra modificaciones, las reuniones o manifestaciones deberán ser notificadas al Ministerio de Seguridad con una antelación de 48 horas respecto de su realización.
Quienes formen parte de la reunión en el espacio público deberán dar detalles de los involucrados en el encuentro: los datos que deberán brindar van desde información de la persona u organización que los convoca, especificando "nombres y datos personales" hasta la finalidad de la movilización, pasando por el recorrido que tendrá, el tiempo de duración y la cantidad estimada de participantes.
Una vez que el Ministerio de Seguridad reciba toda la información, deberá otorgar un comprobante que certifique la correcta presentación realizada. La certificación la deberán tener todos los organizadores al momento de la realización de la convocatoria.