33 °C Resistencia
Viernes 31 de Enero, 2025
 
 
Para ver esta nota en internet ingrese a: https://www.diariotag.com/a/159803

El Senado convirtió en ley la reforma del Impuesto a las Ganancias: qué cambia para los trabajadores

El cambio más significativo señala que sólo deberán pagar Ganancias las personas con un haber superior a 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM).

El Senado de la Nación convirtió en ley la reforma del Impuesto a las Ganancias que eleva el piso a 15 salarios mínimos y exime de la obligación tributaria a cerca de 800 mil contribuyentes.

Así, se hicieron permanentes los cambios que habían sido establecidos de manera provisoria por el Decreto 473/2023, que estará vigente hasta el próximo 31 de diciembre.

En la sesión de este jueves, el oficialismo logró la sanción definitiva del proyecto propuesto por el Ejecutivo, pese a que Juntos por el Cambio votó en contra, argumentando preocupaciones sobre el costo fiscal de la medida para las finanzas del Estado y la falta de un plan integral para abordar la crisis económica.

De acuerdo a un cálculo de la Oficina de Presupuesto del Congreso, el Gobierno nacional dejará de percibir casi $3 billones con las modificaciones aprobadas en el Senado. Además, como se trata de un tributo coparticipable, las provincias también se verán afectadas, con una pérdida cercana a $1,6 billones.

El cambio más significativo de la nueva normativa señala que sólo deberán pagar Ganancias las personas humanas con haber superior a 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM) , lo que hoy equivale a un monto de $1.980.000 brutos mensuales. 

En total, se estima que seguirán pagando aproximadamente 88.000 contribuyentes, menos del 1% del total de asalariados, jubilados y pensionados en el país. Con la nueva ley, cerca de 800 mil personas dejarán de pagar Ganancias.

La vigencia del nuevo impuesto será a partir del 1° de enero de 2024. 

En detalle, la normativa establece una escala definida en términos de SMVM, por lo que lleva implícita una actualización continua de dos veces al año (1° de enero y 1° de junio). Esto significa que no será necesario apelar a nuevos proyectos y votaciones en el Congreso para determinar las futuras actualizaciones del mínimo no imponible.

Los contribuyentes tributarán de acuerdo a la diferencia entre el haber y el mínimo establecido, y las alícuotas irán del 27% al 35%, según el nivel de ingresos de los contribuyentes. 

Además, el proyecto exime del impuesto el Salario Anual Complementario (SAC) e incluye excepciones para ciertos cargos públicos y directivos de empresas, así como nuevas escalas de tributación basadas en salarios mínimos.

Por otro lado, la normativa define que van a continuar sujetos al impuesto tal cual está vigente hasta este momento quienes desempeñen los cargos de Secretario de Estado o superiores en funciones públicas y los legisladores nacionales. 

También serán alcanzados los directores, síndicos, miembros de los consejos vigilancia de empresas, sociedades, administración, fundación y cooperativas, así como quienes desempeñan cargos ejecutivos en las empresas públicas.

Hacé click y dejá tu comentario