El Gobierno anunció nuevas restricciones en la compra-venta de dólares financieros
Con el fin de evitar rulos financieros, la Comisión Nacional de Valores restringió operaciones al dólar financiero, MEP y contado con liquidación.
El organismo que se encarga del control de los mercados de valores decidió que los dólares que resulten de la compraventa de bonos con AL30 o GD30 solo podrán ser vendidos contra otros activos similares por una vez cada 15 días. La resolución 959 fue dada a conocer el martes 23 de mayo.
En términos sencillos, quienes adquieran dólares MEP a través de la compra y venta de bonos, deberán aguardar 15 días para operar con divisas.
El fin de esta medida es interrumpir el mecanismo de los inversores que aprovechaban las diferencias entre las distintas cotizaciones de activos para sacar una diferencia rápida a través de un pasamano de los bonos a las letras.
"La nueva resolución dice que si vos generas dólares MEP por bonos AL30 o GD30 por pantalla por 15 días no vas a poder vender esos dólares ni utilizar dólares extra para comprar otro activo contra dólares. Además, no vas a poder vender otro activo contra dólares si compraste dólares MEP por AL30 o GD30. Si vos tenías una operatoria habitual de compra de dólares MEP en apps no cambia nada. Vas a poder ir comprando de manera casi ilimitada dólares MEP sin problema, pero hay que tener en cuenta que si después se quiere vender dólares hay que hacerlo por bonos AL30 o G30, no con otro activo", destacó en Twitter Ariel Sbdar, de Cocos Capital.
A lo que agrega: "Vas a poder enviar esos dólares a tu cuenta bancaria y retirarlos si querés. La restricción de 15 días es para vender contra activos dolarizados o volver a comprar por ese plazo", aclara Sbdar.
LA RESOLUCIÓN
"los agentes podrán cursar órdenes para concertar operaciones con liquidación en moneda extranjera o para transferir valores negociables desde o hacia agentes depositarios del exterior, sólo si durante los quince (15) días corridos anteriores, el cliente no concretó operaciones de venta de valores negociables de renta fija nominados y pagaderos en dólares estadounidenses emitidos por la República Argentina bajo ley local y/o extranjera, con liquidación en moneda extranjera, en el segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo y, asimismo, que exista manifestación fehaciente de no hacerlo en los quince (15) días corridos subsiguientes".