Ampliación de licencia por maternidad y paternidad: Diputados trata este martes el proyecto de ley
El Congreso evalúa ampliar a 126 para las madres y de 2 a 15 días para los padres de los niños recién nacidos.
Este martes tratarán el proyecto de ley para crear un Sistema Integral de Cuidados de Argentina (SINCA) con el objetivo de ampliar las licencias por maternidad y paternidad.
En el caso de que esto se apruebe, dicha licencia se extendería a 126 días, mientras que los padres pasarían a tener de 2 a 15 días y, en 8 años, 90 días sin asistir a los lugares de trabajo. Esto alcanzaría también a quienes tienen sus hijos a través de métodos de reproducción asistida y para cuidar a bebés prematuros y con discapacidad.
Actualmente, las madres cuentan con 90 días de licencia para la última parte del embarazo, el parto y los días posteriores a este, algo que está por debajo del mínimo que determina la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Respecto a las licencias para los padres, eso irá creciendo a medida que pase el tiempo, es decir: en dos años la licencia se extendería a un mes y en cuatro a 45 días, mientras que en 9 llegaría a los 90 días. Esto sucedería para el 2031, donde un padre tendría tres meses sin asistir a su trabajo.
Desde el regreso a la democracia, se presentaron más de 100 pre proyectos de ley para reformar la situación de licencias laborales. Daniel Jones, miembro de la Campaña PATERNAR y del Instituto de Masculinidades y Cambio Social, afirmó la importancia de la paternidad: "Estamos promoviendo la ampliación de las licencias parentales desde 2021, antes de la presentación del proyecto de ley Cuidar en Igualdad, que fue en mayo de 2022″.
LEY EN CHACO
Según el Instituto Provincial de la Administración Pública del Chaco (IPAP), en la Ley 3521 en la que aborda las diferentes licencias para la administración pública, regula también el caso de la maternidad y la paternidad:
"El agente tendrá derecho a licencia remunerada de uso obligatorio por maternidad o gravidez por el término de ciento ochenta (180) días corridos", reza la ley. Esto se aplica 60 días antes del parto y otros 120 luego del nacimiento del bebé.
"En el caso de nacimiento de un hijo discapacitado la licencia se extenderá por un período de noventa (90) días. Cuando se produjere el parto con niño muerto, la licencia será de sesenta (60) días", continúa el documento. Respecto a los padres, estos contarán con dos días hábiles de licencia con la presentación de la documentación correspondiente.