El Gobierno estableció las reglas para el nuevo dólar soja, vigente hasta el 31 de mayo
Debido a las esperas del sector empresariales sobre el tema en cuestión, se observó una baja comercialización del producto, sobre todo en el Gran Rosario.
El Gobierno Nacional estableció las reglas para el dólar soja, que estará vigente hasta el 31 de mayo a un tipo de cambio de $ 300 por cada dólar. En el Boletín Oficial se publicó l resolución 115/2023 a través de la que la Secretaría de Agricultura fijó las principales medidas que deben cumplir aquellos que se adhieran al Programa Incremento Exportador (PIE).
El sector privado esperaba las disposiciones que el Gobierno emitió respecto al tema, en medio de las dudas y consultas sobre el dólar soja 3 acerca de cuál sería el alcance del DNU del PIE. Esto derivó en un bajo nivel de comercialización de soja, sobre todo en la zona del Gran Rosario.
Algunas de las principales medidas del Gobierno fue la prórroga extraordinaria que se le realiza a las empresas exportadoras que formarán parte del nuevo dólar soja. Además, no se podrán registrar nuevas exportaciones con un plazo de embarque de 30 diás (DJE 30) posteriores al momento de la declaración de la operación ante la Secretaría de Agricultura.
Los adherido a este sistema "podrán solicitar una prórroga extraordinaria del periodo de embarque 60 días corridos". Por otra parte, remarcaron que "por razones operativas y debido al acotado plazo del mencionado Programa, deberá excluirse del mismo la registración de nuevas Declaraciones Juradas de Venta al Exterior modalidad DJVE 30″.
Por último, se advirtió que "frente a inconsistencias y/o incumplimientos a lo establecido en la presente Resolución y en los citados Decretos Nros. 576/22, 787/22 y 194/23, en relación al funcionamiento del Programa de Incremento Exportador, los sujetos incumplidores podrán ser excluidos de los Registros de la Secretaría de Agricultura".