Conflicto salarial de la Justicia Provincial: la Corte Suprema falló en contra del reclamo del Gobierno
Ayer, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó el recurso de queja del Gobierno Provincial por la equidad de sueldos entre los jueces provinciales y federales.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló en contra de la queja que el Gobierno Provincial elevó frente al pedido de los jueces chaqueños para que sus sueldos se equiparen a sus pares federales.
Luego de años de conflictos judiciales entre ambas partes, la Corte Suprema de Justicia se pronunció al respecto y declaró "inadmisible" el recurso de queja presentado por el Gobierno respecto al cobro equitativo de sueldos de jueces chaqueños y federales.
Por este motivo, la sentencia dictada en septiembre del 2020 por un tribunal de jueces ad hoc permanecerá firme y sin lugar para el reclamo de la Provincia. Dicho tribunal es integrado por el presidente subrogante Fernando Adrián Heñín y los jueces subrogantes Juan Martín Bogado, Adrián Fernando Farías, Sergio Cáceres Olivera y Vilma Almirón.
Estos funcionarios intimaron al Poder Legislativo y al Poder Ejecutivo para el "restablecimiento de la garantía de intangibilidad de las remuneraciones de magistrados y funcionarios" para la recomposición de los salarios de los jueces amparistas. De esta forma, se busca "un mecanismo que reinstaure su vigor y permita el funcionamiento independiente del Poder Judicial".
De esta forma, la resolución emitida por el STJ confirmó "el pago de la reparación retroactiva desde la fecha de interposición de la demanda", al tener en cuenta que "la intangibilidad de los sueldos de los jueces es una garantía de independencia del Poder Judicial, tal como se ha pronunciado la Corte Suprema de Justicia de la Nación en diversas oportunidades".
Luego de que el Gobierno Provincial presente un recurso extraordinario, los jueces subrogantes del STJ fundamentaron que "el Pacto de San José de Costa Rica sólo requiere la doble instancia para los procesos de naturaleza penal, aunque no así para los restantes, donde su exigencia se circunscribe a la intervención de un tribunal que satisfaga las condiciones establecidas en el párrafo 1 del artículo 8".
Ante este contexto, el Gobierno fue a la Corte Suprema, conformada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes desestimaron la presentación realizada.