La Corte anuló la jugada de CFK en el senado para quedarse con un miembro del Consejo de la Magistratura
El máximo tribunal invalidó la maniobra de Cristina Kirchner en el Senado y removió a Martín Doñate del Consejo de la Magistratura. Para la Corte, la jugada de la vicepresidente quebró "las reglas más básicas del debido proceso legislativo".
El máximo tribunal invalidó la maniobra de Cristina Kirchner en el Senado de partir su bloque para tener más representantes en el Consejo de la Magistratura. Así, la Corte Suprema de Justicia hizo lugar al amparo que promovió el senador de Juntos por el Cambio, Luis Juez, y removió a su par del Frente de Todos Martín Doñate del organismo.
La sentencia fue dictada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda y sostuvo que la maniobra del oficialismo en el Senado quebró "las reglas más básicas del debido proceso legislativo".
Doñate llegó al Consejo mediante la jugada de Cristina Kirchner en el Senado: partir el bloque del Frente de Todos en dos subloques para tener más representantes en el organismo que remueve y elige a los jueces de la Nación. De esa manera, Cristina Kirchner designó a Martín Doñate, mediante una resolución, como representante de esa Cámara en el Consejo de la Magistratura.
Para la Corte, la maniobra fue "manipulativa" y desnaturalizó "el fin constitucional de representación pluralista procurado por el constituyente y el legislador". Y aludieron directamente a Cristina Kirchner en la sentencia: "La Presidencia del Senado no solo designó al representante de ‘Unidad Ciudadana’ sin convocar al ‘Frente PRO’ para escuchar sus posiciones, sino que lo hizo de espalda a los pedidos escritos que este último bloque ya le había presentado."
Luis Juez y Humberto Schiavoni fueron a tribunales para impugnar esa decisión tomada por la vicepresidente en el Senado, argumentando que eran los legítimos ocupantes de esas bancas en el Consejo de la Magistratura. La justicia en lo contencioso administrativo rechazó el planteo, sin embargo, la Corte Suprema avaló esa postura.
El Procurador interino Eduardo Casal entendió que la Cámara en lo Contencioso se apartó arbitrariamente de las constancias de la causa al calificar la cuestión como "no justiciable" y promovió hacer lugar al planteo.
"La partición del Bloque Frente de Todos implica un apartamiento de lo resuelto por esta Corte en su sentencia "Colegio de Abogados de la Ciudad", viola la finalidad representativa de la ley 24.937 y, por lo tanto, resulta inoponible a los fines de la conformación del Consejo de la Magistratura", concluyó el máximo tribunal.