Causa por la obra pública: rechazaron las recusaciones que presentó Cristina Kirchner contra los fiscales
El Tribunal consideró que los reclamos "no resultan procedentes" y que el vínculo denunciado es "natural e inherente a un ámbito normal de trabajo".
En el marco de la sexta jornada de alegatos en el juicio de la causa por la obra pública en la provincia de Santa Fe, los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola respondieron y rechazaron las recusaciones presentadas por la defensa de la vicepresidente, Cristina Kirchner.
En este sentido, Luciani manifestó que el "planteo es de mala fe y absolutamente temerario". Los cuestionamientos fueron las imágenes que la Cristina Kirchner compartió en su cuenta de Twitter sobre un partido de futbol en la quinta Los Abrojos, perteneciente a Mauricio Macri, en las mismas se podía ver la participación del equipo "Liverpool", el cual está integrado por Luciani junto a uno de los jueces del TOF 2, Rodrigo Giménez Uriburu.
De esta manera, el juez Rodrigo Giménez Uriburu respondió al planteo de recusación, en relación a los dos grandes argumentos a partir de los cuales se lo intenta recusar. Sostuvo que el "legislador no incluyó al representante del Ministerio Público Fiscal entre los interesados" y aclaró no mantener con el Dr. Luciani una amistad, y mucho menos "íntima".
En esta línea al referirse a la "clara relación de amistad" el juez Uriburu la calificó como "una expresión huérfana de todo sustento por cuanto sólo se apoya en haber disputado juntos un partido de fútbol, sin mencionar ningún otro dato objetivo que la justifique".
"Haber compartido eventos deportivos con uno de los Fiscales que interviene en estas actuaciones, en modo alguno constituye una conducta que presente relevancia como para tener por acreditada una relación como las contempladas entre las causales de recusación previstas en la norma procesal", agregó.
Por su parte, los jueces Andrés Basso y Jorge Gorini se pronunciaron sobre estas recusaciones. Tal como indica la resolución la rechazaron y entendieron que se está ante una "evidente extemporaneidad en que se promovieron las recusaciones aquí analizadas".
Por otro lado, indicaron que las razones de hecho y derecho por las cuales los reclamos efectuados "no resultan procedentes, al margen de la oportunidad. Ello, en pos de garantizar ampliamente el derecho de defensa de las partes acusadas y compartiendo la opinión acerca de la relevancia pública de este proceso penal, que conlleva la necesidad de extremar recaudos en torno a conceptos de transparencia y publicidad de las decisiones judiciales".
Finalmente, añadieron un análisis del comportamiento de ambos funcionarios judiciales: "A lo largo de estos años en la innumerable cantidad de procesos en los que han coincidido (cuanto menos 606 expedientes fueron ingresados desde esa fecha), todos ellos ajenos a los hechos y a las personas acusadas en el presente, es por demás ilustrativo de que el vínculo que eventualmente podían tener carecía de trascendencia para conmover su criterio profesional frente a los casos en los que debían resolver o dictaminar".