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Viernes 31 de Enero, 2025
 
 
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Montoneros: la Cámara Federal exigió la reapertura de la investigación por el atentado al comedor de la Policía Federal

La Sala I de la Cámara Federal anuló un fallo de Servini que había cerró la denuncia por prescripción.

La Cámara Federal ordenó reabrir una investigación para que se analicen las responsabilidades de la agrupación Montoneros en el atentado al comedor de la Policía Federal, ocurrida en julio de 1976, en plena dictadura, que provocó la muerte de 24 personas y 60 heridos.

La jueza María Servini había ordenado cerrar la denuncia por prescripción. Para el tribunal, la magistrada no consideró si el caso, más allá del paso del tiempo, debía investigarse bajo la hipótesis de una grave violación a los derechos humanos. Según la Cámara Federal, tampoco se evaluó si la organización Montoneros contaba en ese momento con apoyo de estados y organizaciones extranjeras.

En 2006, la jueza federal María Servini rechazó una denuncia contra los presuntos autores del atentado por entender que no era un crimen de lesa humanidad. El caso escaló a la Corte Suprema que confirmó ese criterio. Pero a fin del año pasado, un grupo organizaciones civiles y 400 abogados se presentaron en el juzgado para pedir la reapertura de la causa y solicitar que sea declarado imprescriptible. En ese contexto solicitaron llamado a indagatorias y capturas de los líderes de la organización que fue declarada asociación ilícita en el gobierno de María Estela Martínez de Perón.

La jueza rechazó in límine de la petición efectuada por los causantes, toda vez que consideró que la acción penal ya estaba prescripta. Vale aclarar que cuando se reabrieron las causas de lesa humanidad por los crímenes cometidos durante la dictadura cayeron las causas por los delitos concretados por Montoneros porque no habían sido desde el Estado. Tras esa decisión, las agrupaciones apelaron.

Actualmente, los jueces Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia decidieron anular la resolución de la jueza para que dicte un nuevo fallo argumentando que "el temperamento atacado contiene vicios trascendentes que lo afectan como acto jurisdiccional válido. Conforme lo han sostenido los aquí recurrentes, el pronunciamiento no satisface los estándares de motivación exigidos por la ley".

La resolución determina: "La omisión de valorar circunstancias y elementos conducentes para la solución del caso, que podrían vincularse estrechamente con lo que ha sido materia de decisión, es causal de descalificación del acto en términos de la doctrina sobre arbitrariedad de la Corte Suprema de Justicia de la Nación".

El fallo asevera que "bajo este parámetro, se advierte que la Magistrada instructora no ha ponderado todas las aristas que se desprenden de la impugnación formulada y que pueden estar relacionadas con la pesquisa".

"Fundamentalmente, no se ha considerado ni el planteo sobre el posible apoyo de Estados y organizaciones extranjeras que tuvieron las personas implicadas; el fallo desecha in limine la hipótesis delictiva remitiéndose a lo dispuesto en resoluciones anteriores adoptadas en las actuaciones. Esta circunstancia ha sido soslayada en el examen, sin mayor tratamiento", determinaron los jueces.

Además, aseguraron que la jueza tampoco examinó el pedido de los denunciantes sobre lo que el caso proyecta, indicando que "esto, en cuanto a la eventual calificación de crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra, con los nuevos elementos propuestos; o un posible caso de grave violación a los derechos humanos. Es de destacar, además, que se omitió una contestación fundada respecto de otro pedido de los requirentes en cuanto a implementar otro procedimiento".

En ese contexto, la Cámara Federal entendió que la resolución de Servini era "inválida porque prescindió considerar cuestiones previas y expresamente introducidas en derredor de la maniobra denunciada, las cuales necesariamente había que merituar para dar una respuesta suficiente en los términos exigidos por la norma antes aludida". Y por ello señaló que "a efectos de que se agoten todas las hipótesis posibles con los que se pueda afrontar un hecho como el contenido en esta causa, corresponde declarar la nulidad del decisorio y devolver las actuaciones a la anterior instancia para que se proceda conforme lo indicado".

EL HECHO

Todo se enmarca en los hechos ocurridos a las 13:20 del 2 de julio de 1976, cuando una bomba detonó en el comedor de la Superintendencia de Seguridad Federal, ubicada en la calle Moreno 1431 de la Capital Federal. El ataque fue concretado por la organización Montoneros. La denuncia señala como responsables de esa agrupación a Mario Firmenich, Marcelo Kurlat, Horacio Verbitsky, Laura Sofovich, Miguel Ángel Lauletta, Norberto A. Habegger, Lila Victoria Pastoriza, entre otros.

El autor material del ataque fue José María Salgado, un joven agente de policía de 21 años que también estudiaba Ingeniería Electrónica en la Universidad de Buenos Aires. Más tarde terminaría destrozado en una sala de torturas de la ESMA.

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