La masacre de Napalpí fue juzgada como delito de lesa humanidad y se probó que hubo responsabilidad del Estado
La parte dispositiva de la sentencia expresa que se demostró que "existió responsabilidad del Estado Nacional Argentino en el proceso de planificación, ejecución y encubrimiento en la comisión del delito de homicidio agravado con ensañamiento con impulso de perversidad brutal".
Hoy la jueza federal del Juzgado Federal Nº1 de Resistencia, Zunilda Nirempreger, declaró como "hechos probados" los acontecimientos que se desarrollaron el 19 de junio de 1924 en Napalpí. En una misma sintonía, la parte dispositiva de la sentencia aduce que se demostró que "existió responsabilidad del Estado Nacional Argentino en el proceso de planificación, ejecución y encubrimiento en la comisión del delito de homicidio agravado con ensañamiento con impulso de perversidad brutal".
Es necesario recordar que por estas terribles acciones resultaron asesinadas entre 400 y 500 personas de los pueblos Moqoit y Qom en la Reducción de Indios Napalpí, ubicada en Territorio Nacional del Chaco.
Asimismo, el documento sostiene que todos "aquellos hechos posteriores conforme lo descripto en las consideraciones, son crímenes de lesa humanidad, cometidos en el marco de un proceso de genocidio de los pueblos indígenas".
El escrito también establece que la sentencia "constituye por sí misma una forma de reparación".
A continuación el documento completo: