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Sábado 1 de Febrero, 2025
 
 
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Caso Bravo

"La muerte de Bravo se debe a otro factor, no a la intervención policial", dijo el abogado defensor

El pasado 26 de febrero, Leandro Bravo de 37 años perdió la vida luego de ser detenido y tras intentar escapar de la policía por un supuesto delito que había cometido.

El pasado 26 de febrero, Leandro Bravo de 37 años perdió la vida luego de ser detenido y tras intentar escapar de la policía por un supuesto delito que había cometido. En ese momento, Leandro se descompuso y falleció a pesar de los intentos médicos de salvarle la vida. 

Con el pasar de los días, las investigaciones sobre violencia policial comenzaron a tomar fuerzas e intervino la Secretaria de Derechos Humanos como la querella, por lo que se solicitó la detención de cuatro efectivos implicados en el hecho. 

Finalmente, en la mañana de este lunes, Sebastián Quintana, abogado defensor de los policías por el caso de Leandro Bravo, brindó una conferencia de prensa donde detalló relevancias del hecho. 

Respecto a la causa, el colegiado manifestó en un primer lugar que la muerte de Leandro está totalmente "demostrado que se debió a otro tipo de factor y no a la intervención policial". 

"Hoy ya es el décimo primer día contando desde el momento de la declaración de los imputados. Eso significa que la Fiscalía ya tendría que haberse expedido respecto de la situación procesal no solo de Fleitas Noguera, que es particularmente a quien defiendo, sino también del resto de los imputados", manifestó.

"Para eso la ley le da 10 días hábiles, que se cumplieron el día viernes, lo cual Fiscalía se ve en la obligación de expedirse sobre un dictado de prisión preventiva o bien debería haber dispuesto la libertad y continuar la investigación si eso es lo que desea o debe hacer", contó.

A su vez, el jefe de la División Defensoría y Técnica Legal hizo mención a que hubo un movimiento probatorio que fue de una "envergadura notable" y que en líneas generales es muy favorable a la situación de los imputados.

"Hubo distintos informes médicos, de los cuales cuatro determinan que Bravo tuvo una muerte no traumática y que el deceso se debió a una arritmia severa. Un padecimiento cardíaco que es generado por distintos factores pero que en definitiva es una causal de muerte totalmente diferente a lo que aquí se pretende", afirmó.

En esa sintonía, remarcó que "Acá no hay que olvidar que la fiscal imputa a mi defendido y al resto de los policías por tortura seguida de muerte, que es un delito no solamente gravísimo en cuanto a la pena, sino con una mecánica completamente diferente a la causal de muerte que se ha podido determinar" y agregó "Si la fiscal no se expide, tendríamos que acudir al Juzgado de Garantías. Hay un avasallamiento de suma importancia respecto del derecho de todos los imputados y eso lamentablemente es algo que no debería suceder. No puede suceder de ninguna manera" definió.

"La doctora Virginia Creimer, que es el perito de parte contratada por el Comité de Prevención contra la Tortura, que es parte querellante en esta causa, llegó a la conclusión de que aquí hubo una muerte por compresión, por asfixia mecánica" declaró.

"Lo llamativo de esto es que la conclusión a la que arriba la doctora Creimer no ha tenido respaldo en ninguna de las observaciones anteriores. Y dentro de ellas hubo un médico forense del Instituto de Medicina y Ciencias Forenses, que fue el que realizó la primera autopsia, la primera persona que toma contacto con el cuerpo" detalló Quintana.

Seguidamente, argumentó que el médico forense del Poder Judicial se valió de un médico de parte que había sido contratado justamente por la familia de Leandro Bravo. "Ambos llegaron a la misma conclusión. Tenemos un dictamen pericial del forense del Poder Judicial de Charata y del médico de parte contratado por la familia que dicen que esta muerte fue no traumática", subrayó.

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