La Asociación de Exmagistrados, funcionarios y Personal Jerárquico del Poder Judicial rechaza el proyecto para crear cargo por aportes
Mediante un comunicado, desde la Asociación explicaron las razones por las cuales expresaron su "rechazo" hacía el proyecto para crear cargo por aportes impulsado por el Gobierno Provincial.
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En el marco del proyecto de Ley 662/2022 que tiene como objetivo "crear cargo por aportes" y es impulsada por el Gobierno Provincial la Asociación de Exmagistrados, funcionarios y Personal Jerárquico del Poder Judicial de Chaco presentó un comunicado en el que expresan su "rechazo" debido a que "afecta directa y gravemente los haberes de todos los jubilados chaqueños".
En este sentido, advirtieron que "de prosperar tal iniciativa, violando toda la normativa vigente al respecto, los pasivos se verán obligados a soportar descuentos en sus remuneraciones, tal como ocurre con los trabajadores activos".
"Los jubilados perderían la percepción del 82 % móvil impuesto por la Ley 800H (ex 4044) y Artículo 75 de la Constitución Provincial. Indudablemente el gobierno provincial, pretende cubrir ilegítimamente, con aportes del sector pasivo, el déficit del INSSSEP, manteniendo, sin embargo, montos no remunerativos que no están sujetos a los aportes previsionales que por ley corresponden, incurriendo en una evidente evasión de sus obligaciones, provocando así el vaciamiento de nuestra Caja Jubilatoria y Obra Social", explicaron en el comunicado.
Por otro lado, manifestaron que según "el art. 40 de la ley 800-H (ex 4044), que establece el Régimen de Jubilaciones, Retiros y Pensiones, dispone claramente que el régimen previsional provincial es un sistema de reparto, en el cual la población económicamente activa (trabajadores en actividad), contribuyen a la formación de un fondo que se destina a la cobertura previsional de la clase pasiva, y taxativamente prescribe que los pasivos sólo deberán aportar en relación a los fondos que continúan usufructuando, obra social, alta complejidad, subsidios, etc".
"Los aportes y contribuciones previstas en los artículos 35, 36, 37 y 38 provendrán de todas las remuneraciones que la legislación asignare a los afiliados en actividad y en pasividad y que fueran percibidas por los mismos, aun cuando la asignación fuere denominada no remunerativa o no bonificable y en especial los siguientes conceptos: a) Sueldo básico y sus equivalentes; b) Jornal; Haber contractual; d) Bonificación por antigüedad; e) Bonificación de cualquier naturaleza; f) Gastos de representación; g) Gastos asignados a residencia; h) Sueldo Anual Complementario; i) Fondo estímulo; j) Caja de empleados; k) Compensación jerárquica; l) Otras asignaciones que se instituyeren por cualquier concepto", aseguraron.
Siguiendo por esta línea, señalaron que existen "numerosos fallos judiciales firmes que declararon la ilegalidad de los cargos por aportes".
"Llamativamente el Proyecto de Ley 662/2022 sostiene en sus fundamentos que tiene por objeto "evitar conflictividad judicial", sin embargo, no cabe duda que en caso de ser aprobado, incrementaría exponencialmente los planteos de Inconstitucionalidad ante el Superior Tribunal de Justicia, y el inicio de demandas judiciales que llevarían al estado a tener que afrontar cuantiosas erogaciones por deudas provocadas, honorarios de profesionales y costas, etc", finalizaron el comunicado.