ANSES: vuelve a ser obligatorio el trámite de "fe de vida", requisitos y cómo gestionarlo
A dos años del comienzo de la pandemia, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informó que se volverá a pedir el trámite de "fe de vida" a todos aquellos que cobren una jubilación o pensión.
Este requisito será obligatorio para realizar el cobro y comenzará a regir desde el primero de marzo.
¿Cómo hacer el trámite?
Desde la página web de la institución expresaron que existen distintas modalidades para llevar a cabo el trámite.
La "fe de vida" se podrá realizar cobrando la jubilación o pensión por ventanilla en el banco, realizando una compra con la tarjeta de débito o crédito del banco donde te depositan los haberes, poniendo tu huella digital en los diferentes tótems de los bancos o de las oficinas de ANSES y en el caso de que tu entidad de pago es el Banco Nación: a través de la app BNA+.
Asimismo, desde ANSES mencionaron que el trámite se deberá renovar mensualmente y que es completamente gratuito.
¿Qué necesito para realizar el trámite?
En el caso que se realice de manera presencial la "fe de vida" puede llevarse a cabo por las personas titulares o por un apoderado.
Siguiendo por esta línea, en estos casos, será necesario presentar DNI, LC, LE o Pasaporte. También es necesaria una fotocopia del recibo de haber o del carnet de jubilación/pensión de la Caja, donde aparezca el número de beneficiario.
¿Qué pasa si no realizo el trámite de "fe de vida"?
Según informó ANSES, a las personas que no hagan el trámite se les suspenderá el cobro de haberes.
Para reactivarlo solamente va a ser necesario que el titular o apoderado gestionen la fe de vida, sin necesidad de hacer un trámite adicional. Esto puede generar una demora en el cobro.
Una vez reactivado la demora en la acreditación de haberes puede demorar hasta 60 días.