Consejo de la Magistratura: Juntos por el Cambio propuso que lo presida el Presidente de la Corte
Las autoridades partidarias de Juntos por el Cambio emitieron un comunicado donde expresaron que "no hay republica ni Estado de derecho sin una Justicia independiente", y donde se alinearon con la postura tomada por la Corte Suprema. Además, propusieron que el titular de la Corte Suprema sea quien presida el Consejo de la Magistratura.
Asimismo, la coalición opositora acusó al Frente de Todos de "menoscabar" la independencia de la Justicia y lanzó su propia propuesta de reforma. Entre otras cosas, exige "asegurar la representación igualitaria en materia de género y la representación federal de los estamentos". Esta toma de posición se da en un contexto donde se espera un debate intenso en el Congreso de la Nación al respecto de este tema durante las sesiones extraordinarias.
Luego de hacer un repaso histórico sobre el asunto, se argumenta la postura afirmando que "la Mesa Nacional de Juntos por el Cambio entiende necesario establecer algunos puntos fundamentales que deberán tenerse en cuenta a la hora de la discusión parlamentaria".
"La presidencia del Consejo por parte del presidente de la Corte Suprema facilitará la integración del órgano dentro del ámbito del Poder Judicial, allanará dificultades para la administración y le otorgará mayor previsibilidad al desenvolvimiento del Consejo", indica el comunicado.
En una misma sintonía, se manifiesta: "Con relación a las facultades disciplinarias, no es admisible la existencia de investigaciones abiertas por largo tiempo sin definición, pues ello afecta sin dudas a la independencia del magistrado investigado. Se postula que se fije un plazo razonable para concluir la investigación, y la suspensión automática del juez que tenga un procesamiento firme en doble instancia".
Por otro lado, se indica que "corresponde que el Consejo de la Magistratura sea sometido al control de la Auditoría General de la Nación y la ejecución de su presupuesto no tiene que sufrir entorpecimientos ni discriminaciones por parte del Poder Ejecutivo".
"No hay República ni estado de derecho sin una justicia independiente. El gobierno nacional ha menoscabado esa independencia atacando insistentemente a los tribunales que no deciden de acuerdo sus deseos, especialmente en las causas de corrupción", agregaron enfáticamente.
Por último, se declara que "Juntos por el Cambio defenderá enfáticamente que los jueces estén sólo sujetos a la Constitución y a la ley, por lo que promoverá o acompañará aquellas iniciativas de reforma al Consejo de la Magistratura que aseguren esos principios".
A continuación, el comunicado completo:
"No hay republica ni Estado de derecho sin una Justicia independiente"
En toda democracia republicana el procedimiento para la elección de los jueces reviste una gran importancia, pues se vincula directamente con los grados de independencia con que cuentan para poder resolver imparcialmente los asuntos que se le sometan.
El Consejo de la Magistratura fue incorporado a nuestro sistema constitucional por la reforma de 1994, con la explícita finalidad de fortalecer la independencia judicial. Para ello, contempló que debía estar integrado de modo plural, procurando el equilibrio entre estamentos políticos y profesionales. El texto constitucional le otorga también al Consejo relevantes facultades en materia disciplinaria, en la decisión de apertura del mecanismo de remoción de magistrados, en cuestiones administrativas y reglamentarias.
La administración kirchnerista que gobernó el país durante el período 2003/2015, aprovechando las mayorías parlamentarias que tenía en esa época, intentó en dos oportunidades modificar la ley 24.937 que regulaba el funcionamiento del Consejo, para intentar romper en su beneficio el equilibrio que reclama la Constitución para su integración. Así, la ley 26.080 redujo el número de miembros y le otorgó prevalencia al sector político por sobre el técnico profesional. Luego, la ley 26.855 llamada de "democratización de la justicia", estableció que los representantes de los jueces, de los abogados y de los académicos debían ser elegidos por el voto popular. Ambas leyes han sido declaradas inconstitucionales por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación por no respetar las pautas que establece la Constitución para la composición del Consejo. La ley 26.855 lo fue en el caso "Rizzo" (Fallos:336:760), y la ley 26.080 acaba de ser así declarada en el caso "Colegio de la Ciudad de Buenos Aires", el 16 de diciembre pasado.
Este último fallo encomienda al Congreso dictar, en un plazo razonable, una nueva ley que organice el Consejo de la Magistratura y que hasta que ello no ocurra recobrará plena vigencia el régimen original previsto en la ley 24.937.
Frente a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia, a la existencia de un proyecto del Poder Ejecutivo, de varios de distintos legisladores y a la inclusión del tema por el gobierno para ser tratado en las próximas sesiones extraordinarias, la Mesa Nacional de Juntos por el Cambio entiende necesario establecer algunos puntos fundamentales que deberán tenerse en cuenta a la hora de la discusión parlamentaria.
En primer lugar, es necesario respetar cabalmente la opinión de nuestro máximo tribunal en punto al equilibrio que debe existir entre los diferentes estamentos. En ese sentido, resulta conveniente adoptar la composición de la ley 24.937 que no ha merecido objeción alguna. La presidencia del Consejo por parte del presidente de la Corte Suprema facilitará la integración del órgano dentro del ámbito del Poder Judicial, allanará dificultades para la administración y le otorgará mayor previsibilidad al desenvolvimiento del Consejo.
Se debe también asegurar la representación igualitaria en materia de género y la representación federal de los estamentos.
Cada estamento debería ser elegido directamente por quienes van a ser representados y, en cuanto a los legisladores, se podría contemplar la opción de designar juristas que cumplan los requisitos pertinentes.
La prohibición de reelección, dejando pasar un período, permitiría una mayor alternancia.
Respecto del régimen de concursos hay que encontrar los caminos para hacerlos más expeditos, más eficientes y mucho más transparentes. En ese sentido debería analizarse la posibilidad de efectuar concursos anticipados, para que ya existan postulantes calificados cuando se producen nuevas vacantes, y limitar las facultades del Consejo para alterar el orden de mérito en relación a los resultados obtenidos en la prueba de oposición y respecto de la valoración de los antecedentes.
Con relación a las facultades disciplinarias, no es admisible la existencia de investigaciones abiertas por largo tiempo sin definición, pues ello afecta sin dudas a la independencia del magistrado investigado. Se postula que se fije un plazo razonable para concluir la investigación, y la suspensión automática del juez que tenga un procesamiento firme en doble instancia.
El Consejo tiene que ejercer con firmeza sus facultades de control de la gestión judicial. Es preciso contar con estadísticas genuinas que permitan evaluar el desempeño de los tribunales y analizar medidas para mejorarlo. Las auditorías permanentes pueden contribuir también en la misma dirección.
Los jueces deben actualizar sus conocimientos y capacidades. La escuela judicial del Consejo tendría que elaborar programas en ese sentido, de cumplimiento obligatorio.
Corresponde que el Consejo de la Magistratura sea sometido al control de la Auditoría General de la Nación y la ejecución de su presupuesto no tiene que sufrir entorpecimientos ni discriminaciones por parte del Poder Ejecutivo.
No hay República ni estado de derecho sin una justicia independiente. El gobierno nacional ha menoscabado esa independencia atacando insistentemente a los tribunales que no deciden de acuerdo sus deseos, especialmente en las causas de corrupción.
Juntos por el Cambio defenderá enfáticamente que los jueces estén sólo sujetos a la Constitución y a la ley, por lo que promoverá o acompañará aquellas iniciativas de reforma al Consejo de la Magistratura que aseguren esos principios.