32 °C Resistencia
Viernes 7 de Febrero, 2025
 
 
Para ver esta nota en internet ingrese a: https://www.diariotag.com/a/129734

En la sesión de este miércoles Diputados aprobaron la ley en "apoyo al paciente oncológico"

Con el quórum de 25 diputados en sus bancas, a las 14.50, el diputado Hugo Sager en su calidad de presidente del Poder Legislativo dio inicio a la décima séptima sesión ordinaria del año 2021.

Aprobaron la consolidación del Digesto Jurídico

El Poder Legislativo por medio de la ley 3457 aprobó de manera unánime la consolidación en el digesto jurídico de la provincia de las leyes y sus respectivos textos ordenados temáticamente, sistematizados, actualizados, fusionados y corregidos, sancionados y publicados desde el 1 de enero del 2019 al 31 de diciembre del 2020.

A su vez la normativa declara la caducidad por plazo vencido, objeto, condición cumplidos u otros supuestos, de las leyes que surgen del listado del anexo C que integra esta ley. Abrogando las leyes y normas de igual jerarquía que se detallan en el listado del anexo D, por considerárselas implícitamente abrogadas por normas posteriores a su vigencia.

Determina que las leyes y normas de igual jerarquía que se detallan en el listado del anexo G, se encuentran consolidadas en un solo texto normativo como consecuencia de la unificación y fusión normativa.

Forma parte del texto normativo la determinación como alcance particular, las leyes y normas de igual jerarquía que se detallan en el anexo F que integra esta ley.

Incorpora al Digesto Jurídico de la Provincia del Chaco la normativa resultante de la consolidación mencionada en la presente ley.

Para la creación del Parque Nacional El Palmar, aprueban transferencia a Nación

El Poder Legislativo del Chaco aprobó la ley 3458-R por medio de la cual se transfiere a favor del estado Nacional la jurisdicción para que éste ejerza las competencias previstas en la ley 22.351 de Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales, de una superficie aproximada de 5.600 hectáreas, conformada por los inmuebles ubicados en el departamento Bermejo.

A raíz de dos propuestas acumuladas de la diputada Elda Insaurralde y del Poder Ejecutivo, junto a los representantes de Parques en el Recinto de Sesiones, por unanimidad se sancionó la cesión que se realiza con el objeto de crear un área protegida y de incorporar la misma al sistema creado por la ley nacional con respecto al área cedida su exclusión parcial o total del dominio público nacional. Esta cesión no otorga facultades a la autoridad de aplicación, para su desafectación, sea total o parcial.

La normativa dispone que dicha cesión comprende también el compromiso del Estado nacional de custodiar el área mencionada a partir de la publicación de la ley, garantizando su resguardo e integridad ambiental hasta tanto se sancione la ley de creación del área protegida.

Aprobaron el programa de apoyo al paciente oncológico

A raíz de una propuesta del diputado Luis Obeid, la Legislatura provincial aprobó por unanimidad la ley 3459 G, creando con ella el Programa De Apoyo al Paciente Oncológico, dirigido a pacientes oncológicos de todo el territorio que no tengan cobertura social o se encuentren en alta situación de vulnerabilidad social.

Los objetivos de la presente ley son, minimizar el impacto social y familiar que la enfermedad produce en el paciente oncológico y su entorno, brindando asistencia y acompañamiento al paciente y su familia, mientras transite la enfermedad.

Son funciones de este programa, gestionar para garantizar las condiciones mínimas de habitabilidad de la vivienda de acuerdo al caso particular, consecución de espacios de permanencia para pacientes y acompañantes, la provisión de elementos esenciales como alimentos, elementos de aseo personal, entre otros, proveer los medios para el traslado a consultas o tratamientos indicados, el asesoramiento y orientación para la realización de trámites y la promoción y talleres para pacientes y familiares.

Será autoridad de aplicación de la presente ley el Ministerio de Desarrollo Social.

La norma dispone que los recursos del PRODAPO estarán conformados de la siguiente manera: por los presupuestados anualmente para el funcionamiento y mantenimiento del Programa; y por el aporte que realicen entidades gubernamentales y no gubernamentales.