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Sábado 1 de Febrero, 2025
 
 
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Sáenz Peña: condenaron a 18 años de prisión a los hermanos que mataron a un hombre para robarle

En un juicio abreviado que se llevó a cabo en la Cámara Primera en lo Criminal de Presidencia Roque Sáenz Peña a cargo del Juez Rodolfo Lineras, los hermanos Santiago y Domingo Maidana fueron condenados a 18 años de prisión por el  delito de "Homicidio en ocasión de robo" contra Sergio Buhr.

El hecho ocurrió el 12 de octubre de 2019, en calle 2 y 51 -prolongación cardinal norte a 12 kilómetros aproximadamente de Pampa Alegría- de la ciudad de Sáenz Peña, cuando Buhr se desplazaba a bordo de su motocicleta y fue sorprendido por los acusados quienes le propinaron golpes y cortes en su cuerpo provocándole la muerte. Además, huyeron del lugar con las pertenencias de la víctima.

En el debate intervinieron la Fiscal de Cámara María Rosa Osiska; el abogado Luis Ricardo Czyruk, como apoderado del querellante particular Atilio Ruperto Buhr y como actor civil en representación de Atilio Ruperto Buhr y María Antonio Ramírez. Por su parte, los imputados Domingo José Maidana y Santiago Exequiel Maidana; el primero asistido por la defensora particular Adriana Gisela De Langhe y el otro de los nombrados por el Defensor Oficial N° 1, Héctor Ariel Juárez.

El Juez Rodolfo Lineras luego de analizar todas las pruebas surgidas en la investigación condenó a la pena  de 18 años de prisión por el delito de "Homicidio en ocasión de robo" a los hermanos Santiago y Domingo Maidana.

En su resolución el juez  menciono la concurrencia de otra persona con armas en un lugar despoblado y con aprovechamiento de la nocturnidad, circunstancias que, "conjuntamente con el despliegue extremo e innecesario de violencia sobre la víctima, revelan la existencia de un injusto de mayor magnitud y, por consiguiente, también de peligrosidad criminal"

Daño y perjuicio

Por otro lado, el magistrado hizo lugar a un reclamo del abogado querellante Luis Ricardo Czyruk, por  daños y perjuicios como actor civil, solicitando la restitución definitiva y total del producto del delito y la reparación del daño moral en favor de los padres del joven fallecido, Atilio Ruperto Buhr y María Antonia Ramírez, en su condición de damnificados por la muerte violenta de su hijo, en la suma de Pesos un millón ($1.000.000.-) para cada una de las personas nombradas

En este punto el Juez de Cámara estimó que "tanto la madre como el padre, en su condición de herederos forzosos de la víctima, están legitimados para reclamar el pago por las consecuencias de naturaleza extrapatrimonial derivadas del hecho ilícito (art. 1741, C.C.C.). Es necesario señalar que en cuanto a su naturaleza jurídica, el daño moral es "un agravio de índole espiritual, una lesión inevitable en los sentimientos de una persona física, y es precisamente por ello que se lo tiene por configurado con la sola producción del evento dañoso"

Consideró además que "la muerte de Sergio Buhr, dadas las brutales circunstancias que rodearan al hecho, debe haber sido vivenciada por su madre y padre de una forma terriblemente dolorosa, angustia que los marcará por el resto de sus días".