El Presidente anunció que enviará un proyecto que lo "faculte a tomar medidas de cuidado"
En la mañana de este viernes, el presidente Alberto Fernández sorprendió con un mensaje televiso que grabó en la Quinta de Olivos, en el que anunció las nuevas restricciones ante el avance de casos positivos de coronavirus.
"Hay zonas del país que están en situación de alarma epidemiológica, en donde el sistema de salud está muy tenso. Allí, los locales comerciales funcionarán hasta las 19 y luego, en el caso de la gastronomía, podrán continuar con envíos a domicilio. Durante el día, solo podrán atender a sus clientes en espacios al aire libre. A su vez, no se puede circular entre las 20 y las 6 y el dictado de clases será exclusivamente a distancia", afirmó el mandatario.
Sin embargo, lo llamativo del mensaje tuvo que ver con el proyecto de ley que el Presidente anunció que mandará al Congreso "para que en función de criterios científicos se me faculte como presidente y a los gobernadores a tomar medidas de cuidado durante esta situación excepcional. Estoy ratificando mi vocación al diálogo", aseguró el mandatario.
Medidas generales para el resto del país
VIAJES GRUPALES: Se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.
REUNIONES SOCIALES: Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.
PERSONAS DE RIESGO: Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.
MEDIDAS PARA ZONAS DE RIESGO SANITARIO Y EPIDEMIOLOGICO MEDIO
Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.
MEDIDAS PARA ZONAS DE ALTO RIESGO SANITARIO Y EPIDEMIOLOGICO
REUNIONES SOCIALES:
- Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
- Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas
DEPORTES: La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.
Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
HORARIO DE CIERRE GASTRONOMIA: Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs
PROHIBICION DE CIRCULACION: Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)
AFORO: Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.
DISPOSICIONES LOCALES Y FOCALIZADAS DE CONTENCION: para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.
Con información de TN.com.ar