Circular sin el permiso en la provincia podría provocar multas de entre $5.000 a $100.000
Desde la Subsecretaría de Seguridad Vial informaron que aquellas personas que no cuenten con el permiso serán advertidas una única vez y quedará asentado con su número de DNI pero si una persona vuelve a infringir se aplicará el articulo 203 y 205 de violación al aislamiento obligatorio y "se tomarán las medidas correspondientes".
Pero, qué dicen los artículos que se aplicarán en el caso de volver a infringir la circulación autorizada.
El artículo 203 del Código Penal Argentino establece que cuando alguno de los hechos previstos -vinculados a la salud y seguridad pública- "fuere cometido por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo, se impondrá multa de $ 5.000 a $ 100.000. Si tuviere como resultado enfermedad o muerte se aplicará prisión de 6 meses a 5 años".
Por su parte, el artículo 205 señala que "será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia".